En la Ciudad de Lanús a los 29 días de abril del 2010 se reúne el Consejo Local en la Casa de la Cultura.
Temario: Informe de las Comisiones:
- Comisión de Documentación: Se realizó un relevamiento de datos en la zona de Villa Jardín con el objetivo de tomar una muestra sobre la falta de documentación. El resultado fue que 164 chicos necesitan la renovación, 90 están indocumentados y 77 son extranjeros.
Propuestas de la Comisión:
- Pedir operativo de actualización de DNI para chicos de 8 y 16 años
- No tener que pedir la actualización de la partida de nacimiento
- Crear una Dirección de Asesoramiento de Documentación (Plantear una reunión con las personas que llevan adelante esta Dirección en Lomas de Zamora)
- Informarnos sobre el Plan de Identidad de Nación
- Solicitar una entrevista con el Registro Provincial para poder realizar un Operativo
- Comisión de Instituciones: Propuestas:
- Realizar una Jornada abierta con Instituciones el 2 de junio en el Club Pampero (horario a confirmar), con el fin de entablar una relación y conocer a todas las Organizaciones que trabajan en Niñez, y así poder crear un registro de las Organizaciones
- La convocatoria se realizará a través de los Medios de Comunicación, blogs, Páginas web
- Convocar a las Organizaciones conveniadas con la Secretaría de Niñez Provincial
- Tratar de abordar los programas de las Instituciones
- Comisión de Educación: Analizar la posibilidad de trabajar con los chicos del Envión
Otros temas tratados fueron: - Evitar el uso de la red de Google para convocar a las reuniones de Comisiones. Cada Comisión debería hacer un mailing interno para comunicarse, y así evitar confusiones.
- Organizar una reunión con otros Consejos Locales para intercambiar experiencias.
- Utilizar el blog sólo para información del Consejo.
La próxima reunión queda fijada para el jueves 20 de mayo, a las 18 horas en la Casa de la Cultura.
Reglamento del Consejo Local de Promoción y Protección de Derechos del Niño
Artículo 1º: El Consejo Local de Promoción y Protección de Derechos del Niño tendrá como misión la elaboración del Plan de Acción para la protección integral de los derechos de los niños a nivel territorial, que refleje la concertación de acciones y la optimización de recursos.
Artículo 2º: Será competencia del Consejo Local:
-Realizar un diagnóstico de la situación de la infancia, la adolescencia y la familia; de la oferta de servicios y prestaciones.
-Diseñar el Plan de Acción Intersectorial del territorio para la protección integral los derechos de los niños y adolescentes.
-Monitorear el cumplimiento del Plan.
-Acompañar y promover las acciones gubernamentales y no gubernamentales, destinadas a la implementación de las acciones definidas en el Plan.
-Asesorar al Ejecutivo y Legislativo Municipal, promoviendo el desarrollo de acciones en el ámbito de su competencia y la sanción de normas de nivel local que contribuyan a la protección integral de los derechos del niño.
-Difundir los derechos de los niños y adolescentes. Recibir, analizar y promover propuestas para una mejor atención y defensa de los mismos.
-Evaluar y controlar la utilización de los recursos destinados a los programas.
Artículo 3º: El Consejo Local estará conformado por:
-Representantes de las áreas del Departamento Ejecutivo Municipal, Desarrollo Social, Salud, Educación, Derechos Humanos, Producción y Empleo, Cultura, Deportes, y toda otra de interés a los fines de esta ley, con responsabilidad de desiciòn.
-Representantes de las organizaciones sociales, culturales, deportivas y religiosas de la comunidad, que tengan por objetivo el desarrollo de actividades vinculadas a los derechos de los niños y sus familias.
- Representantes de niños, adolescentes y familias.
-Referentes de la comunidad que realicen actividades que favorezcan el desarrollo integral de los niños y adolescentes en el distrito.
-Representantes de Universidades (si existieran en el lugar)
Artículo 4º: Cada representante institucional deberá a su debido momento presentar ante el Consejo Local un diagnóstico sobre los niños y jóvenes de nuestra localidad, aportando así su mirada específica, con el fin de lograr un lenguaje común para el diseño de estrategias en prevención y promoción de derechos. Como así también deberá acercar los recursos que dicha institución tenga en este ámbito: programas, actividades, etc.
Artículo 5º: El Consejo Local realizará el mapeo por barrios de las organizaciones sociales del distrito
- Creará el Registro de organizaciones comunitarias de atención a la niñez y adolescencia, en el que consten los proyectos que las mismas están desarrollando.
Artículo 6º: La función de los miembros de los Consejos Locales de Promoción y Protección de Derechos del Niño será ad-honorem y considerada de interés público relevante.
Artículo 7º: El Consejo Local de Promoción y Protección de Derechos del Niño y el Adolescente se reunirá en un día, horario y lugar acordado por consenso y serán inamovibles salvo casos de fuerza mayor. El Consejo Local deberá auto convocarse.
Artículo 8º: En cada una de los encuentros que el Consejo Local realice se trabajará en función de una orden del día. Es decir se pautará en la última reunión los temas a tratar y debatir en el próximo encuentro.
- Conformará comisiones de trabajo a fin de agilizar la tarea.
- Esta elaborará propuestas que serán consideradas en las reuniones plenarias
Artículo 9º: Cada uno de los integrantes del Consejo Local deberá presentar un referente titular y otro suplente que lo represente en su ausencia. Debiendo existir la oportuna comunicación entre cada integrante sobre los temas abordados en encuentros anteriores.
- Cada una de las organizaciones de la comunidad que integre el CL deberá presentar formalmente por nota a su representante y al suplente. En la misma constarán los datos de la organización (Nombre de la organización, domicilio, teléfono, personería jurídica si la tuviese, nombre y apellido de las autoridades)
Artículo 10º: En consecuencia de lo expuesto en el artículo anterior, el referente institucional que asista a las reuniones del Consejo Local (titular o suplente) tiene la obligación de transmitir a su institución lo trabajado y debatido en dicho espacio, para que al momento de tomar una posición sobre una determinada cuestión no sea una opinión personal la que pese, sino una postura institucional.
Artículo 11º: En las oportunidades que el Consejo Local deba debatir y consensuar una idea de trabajo, una estrategia a seguir etc., se deberá democráticamente votar entre los presentes.
Artículo 12º: En consecuencia a lo expuesto en el artículo anterior, solo podrán votar aquellas instituciones que hallan estado presentes en las últimas dos reuniones, ya sea su titular o suplente.
Artículo 13º: Cada institución podrá efectuar un solo voto debiendo previamente consensuar su posición con los miembros restantes de la misma. (Estén presentes o no al momento de la votación).
Artículo 14º: El Consejo Local podrá tomar decisiones inclusive realizar votaciones a partir de un mínimo de participación (siete instituciones). Y deberán respetarse y cumplirse las resoluciones que allí se determinen.
Artículo15º: En lo que a incumbencias respecta, el Consejo Local no trabajará ni abordará en los espacios de discusión y debate casos individuales. Solo podrá nombrarse una individualidad si es que se la utiliza como punto de partida para la generalización de un problema de la comunidad. No debiendo de ninguna manera realizar caracterizaciones de casos, ni mencionar datos que den cuenta de la identidad de los involucrados.
Artículo 16º: El Consejo deberá asentar sus reuniones en un Libro de Actas.
Artículo 17º: El Consejo Local deberá designar un Secretario y un suplente que registren los encuentros en un Libro de Actas. Dicha designación será rotativa y bimestral. Es decir cada representante del Consejo Local será secretario del mismo durante dos encuentros consecutivos.
Artículo 18º: El Consejo Local no es una estructura cerrada, sino que quedará abierta a futuros representantes institucionales que deseen sumarse al trabajo en promoción y protección de derechos de niños y adolescentes.
- El Consejo Local deberá constatar la existencia real de las organizaciones que se incorpore, a fin de evitar posturas individuales en la cuestión de la niñez
Artículo 2º: Será competencia del Consejo Local:
-Realizar un diagnóstico de la situación de la infancia, la adolescencia y la familia; de la oferta de servicios y prestaciones.
-Diseñar el Plan de Acción Intersectorial del territorio para la protección integral los derechos de los niños y adolescentes.
-Monitorear el cumplimiento del Plan.
-Acompañar y promover las acciones gubernamentales y no gubernamentales, destinadas a la implementación de las acciones definidas en el Plan.
-Asesorar al Ejecutivo y Legislativo Municipal, promoviendo el desarrollo de acciones en el ámbito de su competencia y la sanción de normas de nivel local que contribuyan a la protección integral de los derechos del niño.
-Difundir los derechos de los niños y adolescentes. Recibir, analizar y promover propuestas para una mejor atención y defensa de los mismos.
-Evaluar y controlar la utilización de los recursos destinados a los programas.
Artículo 3º: El Consejo Local estará conformado por:
-Representantes de las áreas del Departamento Ejecutivo Municipal, Desarrollo Social, Salud, Educación, Derechos Humanos, Producción y Empleo, Cultura, Deportes, y toda otra de interés a los fines de esta ley, con responsabilidad de desiciòn.
-Representantes de las organizaciones sociales, culturales, deportivas y religiosas de la comunidad, que tengan por objetivo el desarrollo de actividades vinculadas a los derechos de los niños y sus familias.
- Representantes de niños, adolescentes y familias.
-Referentes de la comunidad que realicen actividades que favorezcan el desarrollo integral de los niños y adolescentes en el distrito.
-Representantes de Universidades (si existieran en el lugar)
Artículo 4º: Cada representante institucional deberá a su debido momento presentar ante el Consejo Local un diagnóstico sobre los niños y jóvenes de nuestra localidad, aportando así su mirada específica, con el fin de lograr un lenguaje común para el diseño de estrategias en prevención y promoción de derechos. Como así también deberá acercar los recursos que dicha institución tenga en este ámbito: programas, actividades, etc.
Artículo 5º: El Consejo Local realizará el mapeo por barrios de las organizaciones sociales del distrito
- Creará el Registro de organizaciones comunitarias de atención a la niñez y adolescencia, en el que consten los proyectos que las mismas están desarrollando.
Artículo 6º: La función de los miembros de los Consejos Locales de Promoción y Protección de Derechos del Niño será ad-honorem y considerada de interés público relevante.
Artículo 7º: El Consejo Local de Promoción y Protección de Derechos del Niño y el Adolescente se reunirá en un día, horario y lugar acordado por consenso y serán inamovibles salvo casos de fuerza mayor. El Consejo Local deberá auto convocarse.
Artículo 8º: En cada una de los encuentros que el Consejo Local realice se trabajará en función de una orden del día. Es decir se pautará en la última reunión los temas a tratar y debatir en el próximo encuentro.
- Conformará comisiones de trabajo a fin de agilizar la tarea.
- Esta elaborará propuestas que serán consideradas en las reuniones plenarias
Artículo 9º: Cada uno de los integrantes del Consejo Local deberá presentar un referente titular y otro suplente que lo represente en su ausencia. Debiendo existir la oportuna comunicación entre cada integrante sobre los temas abordados en encuentros anteriores.
- Cada una de las organizaciones de la comunidad que integre el CL deberá presentar formalmente por nota a su representante y al suplente. En la misma constarán los datos de la organización (Nombre de la organización, domicilio, teléfono, personería jurídica si la tuviese, nombre y apellido de las autoridades)
Artículo 10º: En consecuencia de lo expuesto en el artículo anterior, el referente institucional que asista a las reuniones del Consejo Local (titular o suplente) tiene la obligación de transmitir a su institución lo trabajado y debatido en dicho espacio, para que al momento de tomar una posición sobre una determinada cuestión no sea una opinión personal la que pese, sino una postura institucional.
Artículo 11º: En las oportunidades que el Consejo Local deba debatir y consensuar una idea de trabajo, una estrategia a seguir etc., se deberá democráticamente votar entre los presentes.
Artículo 12º: En consecuencia a lo expuesto en el artículo anterior, solo podrán votar aquellas instituciones que hallan estado presentes en las últimas dos reuniones, ya sea su titular o suplente.
Artículo 13º: Cada institución podrá efectuar un solo voto debiendo previamente consensuar su posición con los miembros restantes de la misma. (Estén presentes o no al momento de la votación).
Artículo 14º: El Consejo Local podrá tomar decisiones inclusive realizar votaciones a partir de un mínimo de participación (siete instituciones). Y deberán respetarse y cumplirse las resoluciones que allí se determinen.
Artículo15º: En lo que a incumbencias respecta, el Consejo Local no trabajará ni abordará en los espacios de discusión y debate casos individuales. Solo podrá nombrarse una individualidad si es que se la utiliza como punto de partida para la generalización de un problema de la comunidad. No debiendo de ninguna manera realizar caracterizaciones de casos, ni mencionar datos que den cuenta de la identidad de los involucrados.
Artículo 16º: El Consejo deberá asentar sus reuniones en un Libro de Actas.
Artículo 17º: El Consejo Local deberá designar un Secretario y un suplente que registren los encuentros en un Libro de Actas. Dicha designación será rotativa y bimestral. Es decir cada representante del Consejo Local será secretario del mismo durante dos encuentros consecutivos.
Artículo 18º: El Consejo Local no es una estructura cerrada, sino que quedará abierta a futuros representantes institucionales que deseen sumarse al trabajo en promoción y protección de derechos de niños y adolescentes.
- El Consejo Local deberá constatar la existencia real de las organizaciones que se incorpore, a fin de evitar posturas individuales en la cuestión de la niñez
Reunión del 25 de marzo del 2010:
En la Ciudad de Lanús a los 25 días del mes de marzo de 2010 se reúne el Consejo Local en la Casa de la Cultura.
Temario:
- Informe de las Comisiones:
• Comisión de Relaciones Institucionales: Relevar las Instituciones de Niñez para conformar un listado
Se realizará una convocatoria abierta
Realizar una Jornada para un primer relevamiento
• Comisión de Documentación: Relevamiento del Envion
Charlas para realizar el DNI
Abocarse a los chicos para que cobren la asignación universal por hijo
• Comisión de Educación: Evaluar la calidad nutricional de los Comedores
Discriminación en las escuelas
Realizar un centro de formación laboral
Invitar a la UNLA- Trabajo Social
La próxima reunión queda fijada para el 29 de abril a las 18hs en la Casa de la Cultura.
Temario:
- Informe de las Comisiones:
• Comisión de Relaciones Institucionales: Relevar las Instituciones de Niñez para conformar un listado
Se realizará una convocatoria abierta
Realizar una Jornada para un primer relevamiento
• Comisión de Documentación: Relevamiento del Envion
Charlas para realizar el DNI
Abocarse a los chicos para que cobren la asignación universal por hijo
• Comisión de Educación: Evaluar la calidad nutricional de los Comedores
Discriminación en las escuelas
Realizar un centro de formación laboral
Invitar a la UNLA- Trabajo Social
La próxima reunión queda fijada para el 29 de abril a las 18hs en la Casa de la Cultura.
Reunión del 25 de febrero del 2010:
En la Ciudad de Lanús a los 25 días del mes de febrero de 2010 se reúne el Consejo Local en la Casa de la Cultura.
Temario:
- Se estableció el decreto 0268 que determina la constitución del Consejo Local
- Debate sobre la convocatoria a las diferentes organizaciones que conforman el Consejo. Relevamiento de Instituciones que trabajan en Niñez
- Función del Consejo Local
- Información sobre los diferentes programas y sus articulaciones
- Censo y operativo para la obtención del DNI
- Aplicaciones de las políticas públicas
Necesidades del Consejo Local:
Prensa y difusión
Banco de datos de niños
Cumplir con la ley
Construcción de proyectos
Armar Comisiones, tales como Salud, Educación
Registro sobre la asignación universal por hijo
- Silvia Zustovich recolectará la información para realizar un operativo y obtener el DNI
La próxima reunión queda fijada para el 25 de marzo a las 18hs en la Casa de la Cultura.
Temario:
- Se estableció el decreto 0268 que determina la constitución del Consejo Local
- Debate sobre la convocatoria a las diferentes organizaciones que conforman el Consejo. Relevamiento de Instituciones que trabajan en Niñez
- Función del Consejo Local
- Información sobre los diferentes programas y sus articulaciones
- Censo y operativo para la obtención del DNI
- Aplicaciones de las políticas públicas
Necesidades del Consejo Local:
Prensa y difusión
Banco de datos de niños
Cumplir con la ley
Construcción de proyectos
Armar Comisiones, tales como Salud, Educación
Registro sobre la asignación universal por hijo
- Silvia Zustovich recolectará la información para realizar un operativo y obtener el DNI
La próxima reunión queda fijada para el 25 de marzo a las 18hs en la Casa de la Cultura.
Reunión del 2 de diciembre del 2009:
En la Ciudad de Lanús a 2 días del mes de diciembre de 2009 se reúne el Consejo Local en la Casa de la Cultura
Temas tratados:
Cronograma de la Jornada a realizar el 4 de diciembre en el Club Pampero.
13. Acreditación
13.30. Apertura: Presentación del Consejo local. Explicación de la ley
14. Capacitación: Obtención de DNI- Trámite
Reconocimiento de hijos
Dudas acerca de la identidad
Personas que no tienen DNI y vienen de otras provincias. Extranjeros
Cierre: - Lectura y charla sobre el Código contravencional presentado por Scioli
- Seguimiento de la nota enviada a la Región VI
- Información: Relevamiento en 20 escuelas de Caraza y 18 de Monte Chingolo. Resultados: Indocumentados: 537 y falta de renovación 1656
- Proyectos a futuro: Pensar acciones concretas
Conocer con los programas que contamos
Jornadas de promoción de la ley focalizada a los barrios
Saber cómo funcionan los Servicios locales, Supervisarlos, qué nivel de capacitación tienen, poner recursos en los servicios.
La próxima reunión queda fijada para el jueves 18 de febrero del 2010 en la Casa de la Cultura.
Temas tratados:
Cronograma de la Jornada a realizar el 4 de diciembre en el Club Pampero.
13. Acreditación
13.30. Apertura: Presentación del Consejo local. Explicación de la ley
14. Capacitación: Obtención de DNI- Trámite
Reconocimiento de hijos
Dudas acerca de la identidad
Personas que no tienen DNI y vienen de otras provincias. Extranjeros
Cierre: - Lectura y charla sobre el Código contravencional presentado por Scioli
- Seguimiento de la nota enviada a la Región VI
- Información: Relevamiento en 20 escuelas de Caraza y 18 de Monte Chingolo. Resultados: Indocumentados: 537 y falta de renovación 1656
- Proyectos a futuro: Pensar acciones concretas
Conocer con los programas que contamos
Jornadas de promoción de la ley focalizada a los barrios
Saber cómo funcionan los Servicios locales, Supervisarlos, qué nivel de capacitación tienen, poner recursos en los servicios.
La próxima reunión queda fijada para el jueves 18 de febrero del 2010 en la Casa de la Cultura.
Reunión del 24 de noviembre del 2009:
En la Ciudad de Lanús a 24 días del mes de noviembre de 2009 se reúne el Consejo Local en la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Juventud.
Temas tratados:
- Armado de la Jornada a realizar el 4 de diciembre en el Club Pampero, de 13 a 17hs
- Invitación. Convocatoria a: Clubes, Organizaciones Sociales, Bibliotecas, Asociaciones Civiles, Fundaciones, Unla- estudiantes de Trabajo Social, Hogar de Niños, Centros de Estudiantes.
- Cronograma: Establecer el Consejo local.
Capacitación: Obtención de DNI- Trámite
Reconocimiento de hijos
Dudas acerca de la identidad
Personas que no tienen DNI y vienen de otras provincias. Extranjeros
La próxima reunión queda fijada para el miércoles 2 de diciembre a las 15 horas en la Casa de la Cultura.
Temas tratados:
- Armado de la Jornada a realizar el 4 de diciembre en el Club Pampero, de 13 a 17hs
- Invitación. Convocatoria a: Clubes, Organizaciones Sociales, Bibliotecas, Asociaciones Civiles, Fundaciones, Unla- estudiantes de Trabajo Social, Hogar de Niños, Centros de Estudiantes.
- Cronograma: Establecer el Consejo local.
Capacitación: Obtención de DNI- Trámite
Reconocimiento de hijos
Dudas acerca de la identidad
Personas que no tienen DNI y vienen de otras provincias. Extranjeros
La próxima reunión queda fijada para el miércoles 2 de diciembre a las 15 horas en la Casa de la Cultura.
Reunión del 4 de noviembre del 2009:
A los 4 días del mes de noviembre del 2009 se da inicio a la reunión del Consejo Local en la Casa de la Cultura.
Temas tratados:
- La ordenanza y creación del Consejo Local entraría al Consejo Deliberante.
- Estrategias para reconvocar al Consejo Local
- Un grupo de personas forma una Comisión de Documentación con el fin de instalar el Consejo en los barrios y trabajar en el Programa de Inscripciones tardías de nacimiento
Debate sobre un posible lanzamiento a través de una jornada, invitando escuelas, clubes y otras organizaciones con el objetivo de dar a conocer el Programa.
Cronograma de la Jornada (Explicación de la Ley 13298, el Programa, delimitación por zonas)
Financiación del Programa y la Jornada
Posible fecha de la Jornada (último viernes de noviembre)
Construcciones de Redes Sociales para promover y lograr la obtención del DNI
Relevación de Registros Civiles de Lanús
Posible lugar: Club Pampero o Laprida
Invitación a las Organizaciones
La Comisión de Documentación diseña invitación a la Jornada
- Definición del Logo del Consejo Local.
La próxima reunión queda fijada para el viernes 13 de noviembre a las 9 horas, en la Sede de Psicología
Temas tratados:
- La ordenanza y creación del Consejo Local entraría al Consejo Deliberante.
- Estrategias para reconvocar al Consejo Local
- Un grupo de personas forma una Comisión de Documentación con el fin de instalar el Consejo en los barrios y trabajar en el Programa de Inscripciones tardías de nacimiento
Debate sobre un posible lanzamiento a través de una jornada, invitando escuelas, clubes y otras organizaciones con el objetivo de dar a conocer el Programa.
Cronograma de la Jornada (Explicación de la Ley 13298, el Programa, delimitación por zonas)
Financiación del Programa y la Jornada
Posible fecha de la Jornada (último viernes de noviembre)
Construcciones de Redes Sociales para promover y lograr la obtención del DNI
Relevación de Registros Civiles de Lanús
Posible lugar: Club Pampero o Laprida
Invitación a las Organizaciones
La Comisión de Documentación diseña invitación a la Jornada
- Definición del Logo del Consejo Local.
La próxima reunión queda fijada para el viernes 13 de noviembre a las 9 horas, en la Sede de Psicología
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